La «ley de protección y uso sostenible del litoral
24 de Abril de 2013

La franja de protección


La «ley de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la ley de Costas» establece un recorte de la franja de protección del litoral de cien a 20 metros en núcleos no catalogados como urbanos que cumplan estos requisitos: contar con acceso rodado, abastecimiento y evacuación de aguas y suministro eléctrico y se hallen en zonas edificadas en al menos un tercio de su superficie. La rebaja se admite también para aquellos terrenos que careciendo de alguna de esas condiciones estén «en áreas consolidadas por la edificación como mínimo en dos tercios de su superficie».


Lo que se permite


En los núcleos que cumplan esos requisitos, se permite ampliar o reformar viviendas con arreglo a la normativa. El nuevo texto añade que «no se podrán autorizar nuevas construcciones» de las que ya están prohibidas por la ley de costas.


Concesión y chiringuitos


A las propiedades privadas construidas legalmente antes de la ley de 1988 y que vieron cómo unos terrenos privados se convertían en públicos el Ejecutivo socialista otorgó una concesión de disfrute de 30 años. Con la reforma se han ampliado estas concesiones a 75 años, y los cerca de 3.000 chiringuitos que hay en las playas españolas también verán alargado el plazo de sus concesiones de uno a cuatro años.


Fuente La Nueva España

    Compartir

    Share by: