Juan Ramos
Acaba de entrar en vigor el nuevo Real Decreto de certificación energética de edificios, un tema que afecta a la gran mayoría de propietarios de inmuebles alicantinos. Para resolver todas las dudas sobre la certificación energética hemos acudido al experto Juan Ramos, portavoz de la plataforma nacional de certificación energética CertiFÁCIL.es
Redacción Sr. Ramos, ¿a qué está obligado cualquier propietario que quiera vender o alquilar un inmueble?
A conseguir su certificado energético
antes del 1 de Junio de 2013, para mostrarlo a partir de esa fecha a
los posibles interesados. El certificado asigna una etiqueta energética
al inmueble, vale para diez años, y durante ese tiempo deberá tenerlo
siempre dispuesto para una posible inspección.
¿Y qué debe hacer cuando lo consiga alquilar o vender?
Entregar
al comprador el original del certificado energético en el momento de
otorgar escritura de venta, y el notario dará fe de ello. Si el contrato
es de alquiler bastará con acompañar una fotocopia.
¿Cómo se consigue el certificado energético?
Contratando
a un técnico habilitado y con formación para este trabajo. Es
imprescindible que el técnico realice una visita de toma de datos al
inmueble. Lo dice la ley.
¿Es que puede haber inspecciones?
Por
supuesto, y además son de dos tipos. El primero busca comprobar si el
inmueble posee o no el certificado energético. El segundo busca
falsedades en su certificado.
¿Quién responde de las sanciones?
Siempre
el propietario, por supuesto. Y no son baratas. Hasta 15.025,30€
dependiendo de la intencionalidad y reincidencia de la infracción.
¿Qué puede hacer el propietario para cubrirse ante las sanciones?
Dos
cosas. La primera es, obviamente, tener el certificado en el plazo
legislado. Y la segunda, buscar un técnico con la adecuada formación
específica. Y en especial, aconsejo que si algún técnico le propone
ahorrarse algo de dinero a cambio de no hacer la visita de toma de
datos... salga corriendo.
Para
empezar, es ilegal. En segundo lugar, al no ver la vivienda se tendrá
que inventar los datos de cálculo, y le dejará a usted con el problema. Y
en tercer lugar, le asignará a su inmueble una etiqueta peor que la que
se merece, devaluándolo en el mercado. Un negocio redondo, vamos. Bajo
ningún concepto el propietario debe consentir falsedades en su
certificado, porque siempre será responsable del mismo.
FUENTE:
La Nueva España